Versión: 01.01.2021

Condiciones generales de suministro de piezas de recambio

1.    1. Disposiciones Generales

1.1     Todas las entregas de piezas de recambio y servicios (incluyendo propuestas, asesoramiento y otros servicios auxiliares) de Sumitomo (SHI) Demag Plastics Machinery GmbH y sus filiales ("nosotros") estarán sujetas a estas Condiciones Generales de Venta para el Suministro de Piezas de Recambio ("CGC"). Las CGC sólo se aplicarán a los clientes que sean empresarios en el sentido del artículo 14 del Código Civil alemán (BGB), personas jurídicas de derecho público o fondos especiales de derecho público.
1.2     Las CGC se aplican en su versión actual también como acuerdo marco para futuros contratos con el cliente sin que tengamos que remitirnos a ellas de nuevo en cada caso individual; la versión actual de las CGC está disponible en www.sumitomo-shi-demag.eu/de/agb.html.
1.3     Las presentes CGC son de aplicación exclusiva. Las condiciones generales del cliente divergentes, contradictorias o complementarias sólo podrán formar parte del contrato si y en la medida en que hayamos aprobado explícitamente su validez por escrito, es decir, de forma escrita o textual (por ejemplo, en una carta, un correo electrónico, un fax). Este requisito de aprobación se aplicará en cualquier caso, por ejemplo, incluso cuando hayamos realizado la entrega sin reservas en conocimiento de las condiciones generales del cliente.
1.4     Señalamos para evitar cualquier duda que los acuerdos individuales con el cliente prevalecen sobre estas CGC. Un contrato por escrito o una confirmación por escrito por nuestra parte serán determinantes para el contenido de dicho acuerdo individual; las partes se reservan el derecho a probar lo contrario.
1.5     Las referencias a la aplicabilidad de las normas legales sólo tienen por objeto evitar cualquier duda. Por lo tanto, las normas legales se aplicarán incluso sin tal referencia, a menos que sean modificadas directamente o excluidas explícitamente por estas CGC.
1.6     Nos reservamos los derechos de propiedad intelectual y los derechos de autor sobre los presupuestos de costes, planos y otros documentos; el cliente sólo podrá ponerlos a disposición de terceros con nuestro consentimiento. 

2.    2. Conclusión del contrato

2.1     Nuestras ofertas comerciales están sujetas a cambios y no son vinculantes. Esto también se aplica cuando hayamos puesto a disposición del cliente catálogos, documentación técnica (por ejemplo, dibujos, planos, cálculos, presupuestos, referencias a normas DIN), otras descripciones de productos o documentos, también en formato electrónico.
2.2     Salvo acuerdo en contrario, un contrato sólo se considerará concluido después de que el cliente firme la confirmación del pedido.

3.    3. Precios, pagos y reserva de propiedad

3.1     Salvo pacto en contrario, los precios de nuestras entregas se entienden EXW (INCOTERMS 2020) nuestra fábrica de entrega, neto de embalaje, más el IVA legal.
3.2     Los servicios de montaje no están incluidos en el precio y solo los entregaremos si y en la medida en que se hayan acordado especialmente, por una tarifa aparte y en los términos y condiciones especificados en la Sección 10.
3.3     A falta de un acuerdo especial, los pagos se efectuarán a nuestra cuenta sin deducciones en un plazo de dos semanas a partir de la factura y la entrega o en un plazo de dos semanas a partir de la factura y la aceptación cuando el acuerdo concluido incluya la aceptación.
3.4     El cliente sólo tendrá derecho a compensación y retención si las contrademandas del cliente son indiscutibles, están maduras para la adjudicación o han pasado a ser cosa juzgada. Además, el cliente sólo podrá hacer valer sus derechos de retención sobre la base de reconvenciones derivadas de la misma relación contractual. Lo anterior se entenderá sin perjuicio de los derechos de reconvención del cliente en caso de cumplimiento deficiente. 
3.5     Podremos supeditar -también en el marco de una relación comercial en curso- el suministro completo o una parte del mismo al pago por adelantado. Notificaremos esta reserva a más tardar en el momento de la confirmación del pedido correspondiente. Si tras la celebración del contrato se pone de manifiesto (por ejemplo, debido a la presentación de una demanda de apertura de un procedimiento de insolvencia) que nuestro derecho de cobro se ve comprometido por la incapacidad de pago del cliente, tendremos derecho a denegar el cumplimiento de conformidad con las disposiciones legales y a rescindir el contrato, en su caso, una vez transcurrido el plazo establecido (artículo 321 del Código Civil alemán - BGB). En el caso de un contrato para la fabricación de artículos específicos (productos a medida), podemos notificar nuestra rescisión con efecto inmediato sin perjuicio de las disposiciones legales que no requieren el establecimiento de un plazo.
3.6      Conservamos el título de propiedad de los artículos entregados hasta que hayan sido pagados en su totalidad (Mercancía sujeta a reserva de dominio).
3.7     El cliente está obligado a asegurar la mercancía sujeta a reserva de dominio, a su costa, contra robo, rotura, incendio, agua y otros daños, mientras duren las obligaciones del cliente para con nosotros, y a presentarnos pruebas de ello si así se le solicita.
3.8     El cliente está obligado a mantener los Bienes Afectos a la Reserva de Dominio en perfecto estado y a encargar sin demora las reparaciones necesarias a empresas especializadas; el cliente deberá mantenernos informados en todo momento sobre los Bienes Afectos a la Reserva de Dominio y, en particular, sobre su ubicación. Sin perjuicio de la reventa en el curso ordinario de los negocios de conformidad con la cláusula 3.9 siguiente, el cliente sólo podrá vender, pignorar, ceder en garantía, alquilar o transferir de cualquier otro modo o cambiar los Bienes sujetos a reserva de dominio o cambiar su ubicación que nos haya notificado previo consentimiento por escrito. El cliente está obligado a notificarnos inmediatamente cualquier riesgo para nuestra propiedad, en particular por embargo, confiscación u otra disposición de los artículos entregados por parte de terceros, y a poner en conocimiento de dichos terceros nuestro título de propiedad. 
3.9     El cliente tendrá derecho a revender y/o transformar la mercancía sujeta a reserva de dominio en el curso ordinario de sus negocios, siempre que el cliente no incurra en demora de pago. No obstante, en tales casos el cliente nos cede por la presente todas las reclamaciones derivadas de dicha reventa. A pesar de que estamos autorizados a cobrar nosotros mismos el crédito cedido, el cliente seguirá estando autorizado a cobrar el crédito incluso después de la cesión. Nos comprometemos a no cobrar el crédito mientras el cliente cumpla con sus obligaciones de pago, no se haya solicitado la apertura de un procedimiento de insolvencia o similar y no se haya producido una suspensión de pagos.
3.10     La reserva de propiedad se extiende a los productos resultantes de la transformación, mezcla o combinación de nuestras mercancías en la medida de su valor total, por lo que se nos considera fabricantes. Si en caso de transformación, mezcla o combinación de nuestras Mercancías Sujetas a Reserva de Dominio con mercancías de terceros se retiene el título de propiedad en poder de cualquier tercero, nos convertiremos en copropietarios de las mercancías transformadas, mezcladas o combinadas a prorrata de los valores facturados. En todos los demás aspectos, se aplicarán al producto resultante las mismas normas que a la mercancía entregada sujeta a reserva de dominio.
3.11     Si el valor realizable de la garantía prendaria supera nuestras reclamaciones en más de un 10%, liberaremos las partes de la garantía prendaria de nuestra elección a petición del cliente.
3.12     Si el cliente incumple el contrato y, en particular, si se retrasa en algún pago, tendremos derecho a rescindir el contrato de suministro de conformidad con las disposiciones legales. Nos reservamos el derecho a hacer valer otras reclamaciones legales.
3.13     En caso de que se requiera la certificación notarial o el registro oficial de la retención de nuestro título, el cliente deberá ayudarnos con este asunto de forma gratuita. 

4.    4. Envío y transmisión del riesgo

4.1     A menos que se acuerde explícitamente lo contrario por escrito entre nosotros y el cliente, los envíos y la transferencia de riesgos se realizarán EXW (INCOTERMS 2020) en nuestras instalaciones de envío o en otro lugar de envío especificado. Si se ha acordado la aceptación, ésta será decisiva para la transmisión del riesgo. En todos los demás aspectos, las disposiciones legales de la ley sobre contratos de obras y servicios también se aplicarán mutatis mutandis a la aceptación acordada. El retraso de la aceptación imputable al cliente se considerará equivalente a la transmisión del riesgo conforme a EXW (INCOTERMS 2020) o a la aceptación.
4.2     Los envíos parciales se permitirán teniendo en cuenta nuestros intereses y en una medida razonable para el cliente, en particular cuando el envío parcial sea utilizable para el cliente en el marco de la finalidad prevista del contrato, se garantice el envío del resto de la mercancía pedida y el cliente no incurra por ello en gastos adicionales o costes adicionales significativos.

5.     5. Plazos, obstáculos al cumplimiento

5.1     El plazo de entrega se acordará individualmente. Los plazos de entrega sólo serán vinculantes cuando hayan sido confirmados por nosotros por escrito. Una transacción que implique la entrega en una fecha fija sólo se considerará concluida cuando así se haya acordado explícitamente. A menos que se haya acordado individualmente un plazo de entrega, la entrega se realizará en un plazo de dos semanas a partir de la fecha del contrato.
5.2     En caso de que no podamos cumplir un plazo de entrega vinculante por razones que no podamos controlar (el servicio no está disponible), se lo comunicaremos al cliente sin demora injustificada y, al mismo tiempo, le notificaremos el nuevo plazo de entrega estimado. Si el servicio sigue sin estar disponible dentro del nuevo plazo de entrega, tendremos derecho a rescindir el contrato total o parcialmente; reembolsaremos sin demora cualquier contraprestación ya abonada por el cliente. A efectos de la presente cláusula, se considerará que el servicio no está disponible, en particular, si nuestro proveedor no realiza la entrega a tiempo cuando hayamos celebrado un acuerdo de suministro congruente, si ni nosotros ni nuestros proveedores somos culpables o si no tenemos obligación de aprovisionamiento en el caso de que se trate.
5.3     El hecho de que nos demoremos en la entrega se determinará de acuerdo con las disposiciones legales. No obstante, en cualquier caso se requerirá un recordatorio por parte del cliente. Si nos retrasamos y el cliente sufre daños como consecuencia de ello, el cliente podrá reclamar una indemnización a tanto alzado por los daños causados por el retraso. La suma a tanto alzado es del 0,5% por cada semana natural completa de retraso, pero no superior a un total del 5% del precio neto (valor del envío) de la mercancía entregada con retraso. Nos reservamos el derecho a demostrar que el cliente no ha sufrido ningún daño o que el daño es significativamente inferior a la indemnización a tanto alzado mencionada. Otras reclamaciones derivadas del retraso en la entrega se regularán exclusivamente de conformidad con el apartado 7 del presente documento.
5.4     Lo anterior se entenderá sin perjuicio de los derechos del cliente en virtud de la Sección 7 de estas CGC y de nuestros derechos legales, en particular en situaciones que eximan de la obligación de cumplimiento (por ejemplo, debido a la imposibilidad o irrazonabilidad del cumplimiento y/o cumplimiento suplementario).
5.5      Si el cliente retrasa la aceptación o no realiza un acto o no cumple con el deber de cooperación, o si la entrega se retrasa por otros motivos imputables al cliente, tendremos derecho a reclamar una indemnización por los daños resultantes, incluido el reembolso de los gastos adicionales (por ejemplo, costes de almacenamiento). La indemnización a tanto alzado es del 0,5% del valor neto del contrato por cada semana natural completa de retraso, pero en ningún caso superior al 5% del valor neto del contrato. Nos reservamos el derecho a demostrar daños mayores y a hacer valer reclamaciones legales (en particular, a reclamar el reembolso de gastos adicionales, una indemnización razonable, la retirada); la indemnización a tanto alzado se compensará con otras reclamaciones monetarias en cualquier caso. El cliente tendrá derecho a demostrar que no hemos sufrido ningún daño o que el daño ha sido muy inferior a la indemnización a tanto alzado mencionada anteriormente.
5.6     La cláusula 10 se aplicará adicionalmente en caso de montaje acordado.
    
6.    Garantía

6.1     Se aplicarán las disposiciones legales a los derechos del cliente en caso de defectos materiales y de título, a menos que se estipule lo contrario a continuación. 
6.2     Las reclamaciones del cliente por defectos están sujetas a la condición de que el cliente haya cumplido con sus obligaciones legales de inspeccionar la mercancía y notificar los defectos (artículos 377 y 381 del Código de Comercio alemán - HGB) y haya notificado el defecto por escrito sin demora indebida. En el caso de materiales de construcción y otras mercancías destinadas a ser instaladas o sometidas a otro tipo de transformación, deberá realizarse una inspección en cualquier caso directamente antes de dicha transformación. Si el cliente no realiza correctamente la inspección y/o no notifica los defectos, nuestra responsabilidad por los defectos no notificados en absoluto, o no notificados a tiempo, o no notificados correctamente queda excluida de conformidad con las disposiciones legales. 
6.3     El desgaste ordinario de piezas y componentes básicos no se considera un defecto. En particular, las siguientes piezas muestran signos de desgaste debido al uso (piezas de desgaste): todas las piezas de plastificación (tornillos, puntas, cierres, anillos de presión, cilindros de plastificación, tapas de boquillas, boquillas, soporte de boquillas, culatas y bandas calefactoras), elementos filtrantes, juntas, juntas tóricas, rascadores, mangueras hidráulicas y de agua, diafragmas de válvulas, insertos de fusibles, sensores térmicos, transmisiones rotativas de platos giratorios, casquillos, pernos, acoplamientos, frenos, juegos de sujeción, correas dentadas.
Además, el apéndice: Términos y Condiciones para Componentes de Plastificación será de aplicación; este apéndice puede consultarse, imprimirse y descargarse de Internet en www.sumitomo-shi-demag.eu/de/agb.html .
6.4     No se admitirán reclamaciones por defectos por daños que se produzcan después de la transmisión del riesgo  como consecuencia de: uso inadecuado o incorrecto; montaje o puesta en marcha no autorizados o defectuosos; modificaciones posteriores; desgaste natural; manejo, servicio o mantenimiento negligentes o defectuosos; inobservancia de las instrucciones de funcionamiento; uso de suministros de funcionamiento inadecuados; trabajos de construcción defectuosos; obra inadecuada; influencias químicas, electroquímicas o eléctricas no atribuibles a nosotros; impactos extraordinarios de temperatura y clima; u otros impactos externos no asumidos en virtud del contrato.
6.5     La cláusula 9.2 se aplica además en caso de defectos del software.
6.6     Repararemos o retiraremos los artículos de entrega defectuosos y los sustituiremos por artículos de entrega sin defectos a nuestra discreción. Esto se entiende sin perjuicio de nuestro derecho a rechazar la prestación adicional de conformidad con las disposiciones legales.
6.7     El cumplimiento suplementario no incluye la retirada del objeto defectuoso ni su nueva instalación, a menos que estuviéramos obligados a instalarlo en un principio. 
6.8     Nos haremos cargo o reembolsaremos los gastos necesarios para la inspección y la prestación suplementaria (en particular, los costes de transporte, viaje, mano de obra y material y, en su caso, los costes de retirada e instalación) de conformidad con las disposiciones legales si realmente existe un defecto. En caso contrario, podremos reclamar al cliente el reembolso de los gastos en que hayamos incurrido como consecuencia de la solicitud injustificada de subsanación del defecto (en particular, los gastos de inspección y transporte), a menos que la falta de defectuosidad no fuera reconocible para el cliente.
6.9     Tras la transmisión del riesgo, la carga de la prueba sobre la existencia de un defecto recaerá en el cliente. 
6.10     Estamos autorizados a realizar la prestación suplementaria que nos corresponde siempre que el cliente pague el precio pendiente. No obstante, el cliente tendrá derecho a retener una parte del precio proporcional al defecto.
6.11     Los objetos de suministro y las piezas sustituidas deberán devolverse de conformidad con las disposiciones legales. Para el cumplimiento adicional, el cliente deberá concedernos el tiempo y la oportunidad necesarios -previa consulta- y permitirnos el acceso sin obstáculos al objeto de suministro; en caso contrario, quedaremos exentos de responsabilidad por las consecuencias resultantes.
6.12     El cliente sólo podrá subsanar el defecto por su cuenta o encargar su subsanación a un tercero y reclamarnos el reembolso de los gastos necesarios en situaciones de emergencia, por ejemplo, en caso de poner en peligro la seguridad laboral o para evitar daños inminentes desproporcionadamente grandes. Dicha rectificación independiente debe notificársenos sin demora y, a ser posible, con antelación. El derecho a la rectificación independiente no surge en situaciones en las que tendríamos derecho a denegar la prestación suplementaria pertinente de conformidad con las disposiciones legales. En caso de que la rectificación independiente se haya realizado de forma indebida, quedamos exentos de responsabilidad por las consecuencias resultantes.
6.13     En caso de que el cumplimiento suplementario haya fracasado o de que un plazo razonable fijado por el cliente para el cumplimiento suplementario haya expirado sin éxito o no sea necesario de acuerdo con las disposiciones legales, el cliente podrá rescindir el contrato o reclamar una reducción del precio. No obstante, no se tendrá derecho de desistimiento en caso de defecto insignificante.
6.14     Las reclamaciones del cliente por daños y perjuicios o gastos inútiles sólo serán admisibles en caso de defectos de conformidad con el apartado 7 y quedarán excluidas en caso contrario.

7.    7. Responsabilidad

7.1     Podremos ser considerados responsables por daños y perjuicios -independientemente de los fundamentos jurídicos de la responsabilidad- dentro del ámbito de nuestra responsabilidad extracontractual en caso de dolo y negligencia grave. En caso de negligencia leve, podemos ser considerados responsables -sujetos a un estándar de responsabilidad más leve de acuerdo con las disposiciones legales (por ejemplo, en relación con la diligencia adecuada en la administración de los asuntos propios)- únicamente por
7.1.1     daños resultantes de lesiones a la vida, la integridad física o la salud, y
7.1.2     daños derivados del incumplimiento de una obligación contractual esencial (obligación cuyo cumplimiento es un requisito previo para la correcta ejecución en virtud del contrato y en cuyo cumplimiento la parte contratante suele confiar -y tiene derecho a confiar-); en este caso, sin embargo, nuestra responsabilidad se limitará a la indemnización por el daño previsible y típico.
7.2      Las limitaciones de responsabilidad de la cláusula 7.1 también se aplicarán en caso de incumplimiento de obligaciones por o en beneficio de las partes de cuya culpa seamos responsables de conformidad con las disposiciones legales. No se aplican en caso de que hayamos ocultado fraudulentamente un defecto o hayamos garantizado la calidad del equipo, ni para reclamaciones en virtud de la Ley de Responsabilidad por Productos Defectuosos.
7.3     El cliente podrá rescindir el contrato por incumplimiento de sus obligaciones que no esté asociado a un defecto sólo en los casos en que dicho incumplimiento sea imputable a nosotros. Queda excluido el derecho del cliente a la libre resolución (en particular, de conformidad con los artículos 650 y 648 del BGB). Por lo demás, se aplicarán los requisitos legales y las consecuencias jurídicas.

8.        Plazo de prescripción de las reclamaciones

8.1           En contra de lo dispuesto en el artículo 438 párr. 1 núm. 3 y en el artículo 634 del Código Civil alemán (BGB), se aplicará el plazo de prescripción. 1 núm. 3 y 634a párr. 1 núm. 1 y 3 del BGB, el plazo de prescripción general para reclamaciones derivadas de defectos materiales y defectos de titularidad será de un año a partir de la entrega o de la aceptación en caso de que se haya acordado la aceptación.
8.2            Los plazos de prescripción anteriores también se aplicarán a las reclamaciones contractuales y extracontractuales del cliente por daños y perjuicios basadas en defectos, a menos que la aplicación del plazo de prescripción legal ordinario (artículos 195 y 199 del BGB) conduzca a un plazo de prescripción más corto en el caso de que se trate. Las reclamaciones del cliente por daños y perjuicios en virtud de la cláusula 7.1 frase 1 y frase 2 párr. 7.1.1, así como en virtud de la Ley de Responsabilidad por Productos Defectuosos, prescribirán exclusivamente conforme a los plazos de prescripción legales.

9.    9. Uso del Software, Deficiencias del Software

9.1     En la medida en que el software esté incluido en el volumen de suministro, se concede al cliente un derecho no exclusivo a utilizar el software suministrado, incluida su documentación. El software se suministra para su uso en el elemento suministrado destinado a tal fin. Queda prohibido el uso de dicho software en más de un sistema. El cliente sólo podrá reproducir, revisar, traducir o convertir el software del código objeto al código fuente en la medida permitida por la ley (artículos 69a y siguientes de la Ley de Propiedad Intelectual). El cliente se compromete a no eliminar ninguna información del fabricante (en particular, los avisos de copyright) y a no modificarlos sin nuestro consentimiento explícito previo. Todos los demás derechos sobre el software y la documentación, incluidas las copias de los mismos, seguirán perteneciéndonos a nosotros o al proveedor del software. No está permitida la concesión de sublicencias.
9.2     Las reclamaciones por defectos y los derechos mencionados en la Sección 6 no se aplicarán al software en caso de desviaciones sólo triviales de la calidad acordada contractualmente o de la documentación adjunta o en caso de defectos no reproducibles.

10.    Deber de cooperación del cliente en caso de montaje acordado

Si se han acordado con nosotros servicios de montaje, se aplicarán además las siguientes condiciones:
10.1     El incumplimiento de las obligaciones de cooperación detalladas a continuación en las cláusulas 10.3, 10.4 y 10.5 del presente documento puede perjudicar, retrasar o frustrar la prestación de los Servicios. Por lo tanto, el cliente asume la responsabilidad culposa de garantizar el cumplimiento de estas obligaciones de cooperación.
10.2     Nos reservamos el derecho a hacer valer las reclamaciones legales y a ejercer nuestros derechos en virtud de la cláusula 5.5 por incumplimiento de la obligación de prestar servicios de apoyo a la cooperación de conformidad con la cláusula 10.1 (en particular, reclamaciones por daños y perjuicios, reembolso de gastos adicionales, indemnización razonable, rescisión).
10.3     Condiciones previas que debe garantizar el cliente:
10.3.1     Lugar de instalación
La máquina está prevista para funcionar en un espacio cerrado, seco y bien ventilado.
Las condiciones ambientales que deben garantizarse durante el almacenamiento, en su caso, y el funcionamiento - como, por ejemplo, agua de refrigeración/refrigeración de la máquina, temperatura ambiente del aire, humedad del aire y altitud del emplazamiento - deben estar dentro de los siguientes rangos de valores según EN60204-1 o cumplir los rangos de valores especificados en el manual de instrucciones de la máquina.
Intervalos de valores:

Temperatura del aire ambiente

Mínima: +10°C (50°F).

Máxima: +40°C (104°F).

 

Se recomiendan medidas adicionales para un entorno muy caluroso y para un entorno frío.

 

EN60204-1(2007), anexo B.

 

Agua de refrigeración/Refrigeración de la máquina

Mínima: +15°C (59°F). [Protección contra la condensación]

Máximo: +35°C (95°F).

 

La presión de agua máxima admisible en la entrada de agua de refrigeración es de 6 bar.

Para garantizar la capacidad de refrigeración requerida, se necesita una diferencia de presión de ≥ 3 bar entre la entrada de agua de refrigeración y la salida de agua de refrigeración, dependiendo del ciclo de trabajo.

 

Consulte siempre el manual de instrucciones de la máquina para conocer los valores admisibles específicos de la máquina.

 

Humedad del aire
(¡sin condensación!)

Mínimo: 20%.

Máxima: 50%.

Los niveles altos de humedad relativa sólo son admisibles a temperaturas más bajas (por ejemplo, 90% a 20°C).

 

Véase EN60204-1

 

Altitud del emplazamiento

Pueden ser necesarios ajustes técnicos en caso de emplazamientos de instalación a altitudes superiores a 1000 m sobre el nivel del mar.

 

Véase EN60204-1

 

10.3.2     Los requisitos de compatibilidad electromagnética deben cumplir la Directiva CEM de la CE (2014/30/UE).
10.3.3     Suelo de la nave
El desnivel del suelo no debe superar los 8 mm en toda la zona de instalación de la máquina entre todas las zapatas de la máquina.
10.3.4     Nave de producción
Antes de la entrega y descarga de las máquinas/unidades de montaje individuales, el cliente debe asegurarse de lo siguiente:
a)     La nave de producción (es decir el techo de la nave, las paredes laterales, las puertas, las ventanas, la iluminación de la nave, la calefacción) debe estar completamente terminada;
b)     La anchura y la altura de la puerta de la nave de producción deben ser suficientemente grandes para los camiones; 
c)     El cliente debe haber entregado todas las instrucciones necesarias a nuestro personal;
d)     Debe haber espacio suficiente para que las máquinas/unidades de montaje puedan descargarse directamente en el lugar de instalación de la máquina;
e)     Debe garantizarse una accesibilidad suficiente desde todos los lados para permitir los trabajos de montaje en la máquina; 
f)     Deben estar disponibles grúas operativas y equipos de elevación con personal de manejo (una grúa puente, una grúa montada sobre camión, un mástil, etc.) y cables de elevación deben estar disponibles con suficiente capacidad de carga;
g)     Debe disponerse de suministro eléctrico; 
h)     Debe disponerse de capacidad de potencia conectada de acuerdo con el esquema del circuito; 
i)     Debe disponerse de conexión de agua de refrigeración y suministro de aire comprimido; 
j)     Debe disponerse de carretillas elevadoras (en caso necesario, nuestro personal también debe tener la posibilidad de utilizarlas);
k)     Todas las conexiones principales deben estar preparadas para la máquina; 
l)     En caso de montaje en interior, la estructura deberá ser resistente a la intemperie y contar con calefacción en invierno, de modo que el montaje pueda realizarse en condiciones normales de trabajo y no se vea afectado el estado del material.
10.3.5     Cimentación
a)     El cliente deberá taladrar los anclajes al suelo y los cerramientos de protección en el suelo de la nave/cimentación. 
b)     El cliente deberá determinar la posición exacta de instalación antes de colocar la máquina sobre la cimentación y marcar dicha posición en el suelo.
c)     La cimentación deberá cumplir nuestras especificaciones de acuerdo con las cláusulas 10.3.3 y 10.5.2.
10.4     Obligación general de cooperación
10.4.1     El cliente deberá hacer todo lo necesario para que los trabajos puedan iniciarse a tiempo y realizarse sin impedimentos ni interrupciones.
10.4.2     El cliente deberá garantizar las condiciones previas establecidas en la cláusula 10.3 y realizar todos los trabajos in situ y otros trabajos preparatorios de forma profesional y a su debido tiempo por su cuenta y riesgo.
10.4.3     Nuestro personal no podrá ser convocado hasta que se hayan completado todos los trabajos preparatorios y se hayan garantizado las condiciones establecidas en la cláusula 10.4.2. 
10.4.4     El cliente deberá garantizar la obtención de los documentos de entrada, salida, residencia, trabajo u otros permisos necesarios para nuestro personal. 
10.4.5     El cliente deberá tomar las medidas de prevención de accidentes necesarias por su cuenta. En particular, el cliente deberá indicarnos explícitamente los casos en los que deba prestarse especial atención al cliente y a otros contratistas o en los que deban observarse las normativas no legales pertinentes. 
10.4.6     Seguridad en el trabajo
a)     Al realizar los trabajos, cumpliremos las disposiciones legales aplicables en el lugar de montaje. Si las disposiciones legales cambian entre la celebración del contrato y la ejecución de los trabajos y si, como consecuencia de ello, tenemos que prestar otros servicios no cubiertos por los honorarios acordados, tendremos derecho a honorarios adicionales a este respecto, a menos que hayamos asumido riesgos relacionados con los honorarios para tales situaciones. Además, en tales situaciones tendremos derecho a reclamar ajustes de los plazos contractuales. Únicamente observaremos otras normas de seguridad y de otro tipo en el lugar de montaje que no estén establecidas por la ley si el cliente nos las ha comunicado en el sentido de la cláusula 10.4.5 y nosotros las hemos reconocido explícitamente por escrito. 
b)     Por su parte, el cliente cumplirá las normativas y órdenes legales, oficiales y de asociaciones profesionales aplicables al lugar de montaje, tomará las medidas necesarias para evitar accidentes y proteger a nuestro personal y bienes y, en cualquier caso, cumplirá las medidas de seguridad laboral y protección de la salud del contratista puestas en conocimiento del cliente.
c)     Tenemos derecho a rechazar o suspender el trabajo en cualquier momento si no se ha garantizado la seguridad laboral.
10.4.7     El cliente deberá contratar una póliza de seguro para los materiales a montar almacenados en las instalaciones del cliente, con cobertura de seguro contra incendio, agua, robo y daños a terceros. A petición nuestra, el cliente deberá acreditar adecuadamente la existencia de dicho seguro.
10.4.8     El cliente deberá asegurarse de que las vías de transporte que estén bajo su control y que conduzcan al lugar de la instalación estén en condiciones de ser utilizadas, y de que el propio lugar de la instalación esté en condiciones de ser utilizado, y de que el acceso al lugar de la instalación no esté obstruido, y de que se hayan obtenido todas las servidumbres y derechos de paso necesarios.
10.5     Obligaciones especiales de cooperación del cliente
Los siguientes servicios no forman parte de nuestro alcance de entrega y servicios, pero el cliente debe garantizar por su cuenta y riesgo que se prestan a tiempo:
10.5.1     Energía y equipamiento
- Todas las líneas de alimentación eléctrica y dispositivos de seguridad (accesorios, filtros, válvulas, etc.) deben estar instalados en las líneas de suministro y retorno de energía eléctrica, aire comprimido, vapor, agua y agente térmico desde la central de suministro del cliente hasta las conexiones principales de la máquina;
- todas las centrales eléctricas y subestaciones deben estar instaladas para el suministro de alta y baja tensión;
- todas las unidades y equipos para el suministro de energía de emergencia deben estar instalados.
10.5.2     Instalación y cimentaciones
- Montaje de la maquinaria y de los cerramientos de protección;
- todos los soportes y bastidores de base para alojar contenedores; tuberías y plataformas operativas; andamios de acero, rellanos, escaleras, escalerillas, barandillas; cubiertas para piezas de máquinas fijas y móviles; penetraciones en paredes y techos para plataformas; 
- todos los conductos de cables y líneas aéreos y subterráneos, así como los raíles y sus fijaciones; 
- todas las instalaciones de aire acondicionado, ventilación, conductos de ventilación, calefacción de locales e iluminación.
10.5.3     Normativa local de seguridad
- Todos los equipos de protección y seguridad de conformidad con la normativa local en materia de puesta a tierra, protección contra rayos, cubiertas protectoras y extinción de incendios.

11.    Disposiciones finales

11.1           Salvo pacto en contrario, el lugar de cumplimiento de nuestras entregas es la dirección del fabricante que realiza la entrega. Cuando también prestemos servicios (por ejemplo, montaje), el lugar de cumplimiento será el lugar donde deban prestarse los servicios. Para la obligación de pago del cliente, el lugar de cumplimiento será la entidad de pago especificada en nuestra factura.
11.2     Nuremberg (Alemania) es el lugar exclusivo de jurisdicción para todas y cada una de las disputas legales que surjan de o en relación con el acuerdo referido a las CGC. No obstante, en todos los casos también tendremos derecho a interponer una demanda en el lugar de entrega de los Servicios prestados por nosotros de conformidad con las presentes CGC o un acuerdo individual previo o en el fuero general del cliente. Las disposiciones legales imperativas, en particular las relativas a la jurisdicción exclusiva, no se verán afectadas.
11.3     Estas CGC y la relación contractual entre nosotros y el cliente se rigen por la legislación de la República Federal de Alemania, con exclusión del derecho uniforme internacional (en particular, la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías/CISG). 
11.4     Si alguna disposición de las presentes CGC o alguna disposición dentro del ámbito de aplicación de otros acuerdos resultara ser o se convirtiera en inválida, ello no afectará a la validez de todas las demás disposiciones o acuerdos.