Versión: 01.01.2021

Condiciones generales de suministro de piezas de recambio

1. Disposiciones generales

1.1 Todas las entregas de piezas de recambio y la prestación de servicios (incluidas las propuestas, el asesoramiento y otros servicios complementarios) de Sumitomo (SHI) Demag Plastics Machinery GmbH y sus filiales («nosotros»/«nos») estarán sujetas a las presentes Condiciones Generales de Venta para el Suministro de Piezas de Recambio («CGV»). Las CGV se aplican únicamente a los clientes que sean empresarios en el sentido del artículo 14 del Código Civil alemán (BGB), personas jurídicas de derecho público o fondos especiales de derecho público.
1.2 Las CGV, en su versión vigente, se aplicarán también como acuerdo marco para futuros contratos con el cliente sin que tengamos que hacer referencia a ellas de nuevo en cada caso concreto; la versión vigente de las CGV está disponible en www.sumitomo-shi-demag.eu/de/agb.html.
1.3 Las presentes CGC se aplicarán de forma exclusiva. Cualquier condición general del cliente que difiera, entre en conflicto o sea complementaria solo podrá formar parte del contrato si, y en la medida en que, hayamos aceptado explícitamente su validez por escrito, es decir, en forma escrita o textual (por ejemplo, en una carta, un correo electrónico o un fax). Este requisito de aprobación se aplicará en cualquier caso, por ejemplo, incluso cuando hayamos realizado la entrega sin reservas a sabiendas de las condiciones generales del cliente.
1.4 Para evitar cualquier duda, señalamos que los acuerdos individuales con el cliente prevalecen sobre las presentes CGC. Un contrato por escrito o una confirmación por escrito por nuestra parte será determinante para el contenido de dicho acuerdo individual; las partes se reservan el derecho a demostrar lo contrario.
1.5 Las referencias a la aplicabilidad de las normas legales tienen únicamente por objeto evitar cualquier duda. Por lo tanto, las normas legales se aplicarán incluso sin dicha referencia, salvo que sean modificadas directamente o excluidas explícitamente por las presentes CGC.
1.6 Nos reservamos los derechos de propiedad intelectual y los derechos de autor sobre los presupuestos, planos y demás documentos; el cliente solo podrá ponerlos a disposición de terceros con nuestro consentimiento.

2. Celebración del contrato

2.1 Nuestras ofertas comerciales están sujetas a modificaciones y no son vinculantes. Esto se aplica también cuando hayamos puesto a disposición del cliente catálogos, documentación técnica (p. ej., planos, esquemas, cálculos, presupuestos, referencias a normas DIN), otras descripciones de productos o documentos, incluso en formato electrónico.
2.2 Salvo acuerdo en contrario, el contrato solo se considerará celebrado una vez que el cliente haya refrendado la confirmación del pedido.

3. Precios, pagos y reserva de propiedad

3.1 Salvo que se acuerde lo contrario, los precios de nuestras entregas se entienden EXW (INCOTERMS 2020) en nuestras instalaciones de entrega, sin incluir el embalaje, más el IVA legal.
3.2 Los servicios de montaje no están incluidos en el precio y solo los prestaremos si se han acordado expresamente, a cambio de una tarifa separada y en los términos y condiciones especificados en la sección 10.
3.3 A falta de un acuerdo especial, los pagos deberán efectuarse en nuestra cuenta sin deducción alguna en un plazo de dos semanas a partir de la fecha de la factura y la entrega, o en un plazo de dos semanas a partir de la fecha de la factura y la aceptación, cuando el contrato celebrado contemple la aceptación.
3.4 El cliente solo tendrá derecho a la compensación y a la retención si sus contrademandas son indiscutibles, están maduras para su resolución judicial o han adquirido fuerza de cosa juzgada. Además, el cliente solo podrá hacer valer sus derechos de retención sobre la base de contrademandas derivadas de la misma relación contractual. Lo anterior se entiende sin perjuicio de los derechos de contrademanda del cliente en caso de cumplimiento defectuoso.
3.5 Podremos condicionar —incluso en el marco de una relación comercial en curso— la totalidad o parte de la entrega al pago por adelantado. Notificaremos esta reserva, a más tardar, en el momento de la confirmación del pedido en cuestión. Si, tras la celebración del contrato (por ejemplo, debido a la presentación de una solicitud para iniciar un procedimiento de insolvencia), se pusiera de manifiesto que nuestro derecho al cobro de los honorarios se ve amenazado por la incapacidad de pago del cliente, tendremos derecho a denegar el cumplimiento de conformidad con las disposiciones legales y a rescindir el contrato —si fuera necesario, tras el incumplimiento de un plazo fijado (artículo 321 del Código Civil alemán —BGB—). En caso de un contrato para la fabricación de artículos específicos (productos a medida), podremos notificar nuestra rescisión con efecto inmediato, sin perjuicio de las disposiciones legales que establecen que no es necesario fijar un plazo.
3.6 Nos reservamos la propiedad de los artículos entregados hasta que hayan sido pagados en su totalidad (Mercancías sujetas a reserva de propiedad).
3.7 El cliente está obligado a asegurar, a su cargo, las Mercancías sujetas a reserva de propiedad contra robo, rotura, incendio, daños por agua y otros daños durante el tiempo que duren sus obligaciones para con nosotros, y a presentarnos pruebas de ello cuando se le solicite.
3.8 El cliente está obligado a mantener los bienes sujetos a reserva de dominio en perfecto estado y a encargar sin demora las reparaciones necesarias a empresas especializadas; el cliente deberá mantenernos informados en todo momento sobre los bienes sujetos a reserva de dominio y, en particular, sobre su ubicación. Salvo en caso de reventa en el curso normal de la actividad comercial de conformidad con la cláusula 3.9 siguiente, el cliente solo podrá vender, pignorar, ceder en garantía, alquilar o, de cualquier otra forma, transferir o modificar los bienes sujetos a reserva de dominio, o cambiar su ubicación notificada a nosotros, previo consentimiento por escrito de nuestra parte. El cliente está obligado a notificarnos inmediatamente cualquier riesgo que afecte a nuestra propiedad —en particular, mediante embargo, confiscación u otra disposición de los artículos entregados por parte de terceros— y a dar a conocer nuestro derecho de propiedad a dichos terceros.
3.9 El cliente tiene derecho a revender y/o transformar los bienes sujetos a reserva de dominio en el curso normal de su actividad comercial, siempre que no se encuentre en situación de incumplimiento de pago. No obstante, en tales casos, el cliente nos cede por la presente todos los derechos de crédito derivados de dicha reventa. Sin perjuicio de nuestra facultad para cobrar nosotros mismos el crédito cedido, el cliente seguirá estando autorizado a cobrar dicho crédito incluso tras la cesión. Nos comprometemos a no cobrar nosotros mismos el crédito siempre y en la medida en que el cliente cumpla con sus obligaciones de pago, no se haya presentado ninguna solicitud para la apertura de un procedimiento de insolvencia o similar y no se haya producido ninguna suspensión de pagos.
3.10 La reserva de dominio se extiende a los productos resultantes de la transformación, mezcla o combinación de nuestra mercancía en la medida de su valor total, considerándose que nosotros somos el fabricante. Si, en caso de transformación, mezcla o combinación de nuestras mercancías sujetas a reserva de dominio con mercancías de terceros, se mantiene la reserva de dominio de dichos terceros, pasaremos a ser copropietarios de las mercancías transformadas, mezcladas o combinadas en proporción a los valores facturados. En todos los demás aspectos, se aplicarán al producto resultante las mismas normas que a los bienes entregados sujetos a reserva de dominio.
3.11 Si el valor realizable de la garantía excede nuestros créditos en más de un 10 %, liberaremos, a petición del cliente, las partes de la garantía que elijamos.
3.12 Si el cliente incumple el contrato y, en particular, si se retrasa en algún pago, tendremos derecho a rescindir el contrato de entrega de conformidad con las disposiciones legales. Nos reservamos el derecho a hacer valer otras reclamaciones legales.
3.13 En caso de que sea necesaria la certificación notarial o el registro oficial de la reserva de propiedad, el cliente deberá colaborarnos en este asunto de forma gratuita.

4. Envío y transmisión del riesgo

4.1 Salvo que se acuerde expresamente lo contrario por escrito entre nosotros y el cliente, los envíos y la transmisión del riesgo se realizarán en condiciones EXW (INCOTERMS 2020) desde nuestras instalaciones de envío o desde otro lugar de envío especificado. Si se ha acordado una aceptación, esta será determinante para la transmisión del riesgo. En todos los demás aspectos, las disposiciones legales de la ley sobre contratos de obra y servicios se aplicarán también, mutatis mutandis, a la aceptación acordada. El retraso en la aceptación imputable al cliente se considerará equivalente a la transmisión del riesgo de conformidad con EXW (INCOTERMS 2020) o a la aceptación.
4.2 Se permiten los envíos parciales, teniendo en cuenta nuestros intereses y en la medida en que sea razonable para el cliente, en particular cuando el envío parcial sea utilizable por el cliente en el marco de la finalidad prevista del contrato, se garantice el envío del resto de la mercancía pedida y el cliente no incurra por ello en ningún gasto extra significativo ni en costes adicionales.

5. Plazos, impedimentos para el cumplimiento

5.1 El plazo de entrega se acordará de forma individual. Los plazos de entrega solo serán vinculantes cuando hayan sido confirmados por nosotros por escrito. Una transacción que implique la entrega en una fecha fija solo se considerará concluida cuando así se haya acordado explícitamente. A menos que se haya acordado un plazo de entrega de forma individual, la entrega deberá realizarse en un plazo de dos semanas a partir de la fecha del contrato.
5.2 En caso de que no podamos cumplir un plazo de entrega vinculante por motivos ajenos a nuestra voluntad (el servicio no está disponible), se lo comunicaremos al cliente sin demora indebida y, al mismo tiempo, le informaremos del nuevo plazo de entrega estimado. Si el servicio sigue sin estar disponible dentro del nuevo plazo de entrega, tendremos derecho a rescindir el contrato en su totalidad o en parte; reembolsaremos sin demora cualquier contraprestación ya abonada por el cliente. A efectos de la presente cláusula, se considerará que el servicio no está disponible, en particular, si nuestro proveedor no realiza la entrega a tiempo cuando hayamos celebrado un contrato de suministro congruente, si ni nosotros ni nuestros proveedores hemos incurrido en culpa o si no tenemos obligación de suministrar en el caso en cuestión.
5.3 La existencia de un retraso en la entrega por nuestra parte se determinará de conformidad con las disposiciones legales. No obstante, en cualquier caso se requiere un aviso de recordatorio por parte del cliente. Si incurrimos en retraso y el cliente sufre daños como consecuencia de ello, este podrá reclamar una indemnización a tanto alzado por los daños causados por el retraso. La indemnización a tanto alzado ascenderá al 0,5 % por cada semana natural completa de retraso, sin superar en ningún caso un total del 5 % del precio neto (valor de envío) de la mercancía entregada con retraso. Nos reservamos el derecho a demostrar que el cliente no ha sufrido ningún perjuicio o que el perjuicio es significativamente inferior a la indemnización a tanto alzado antes mencionada. Las demás reclamaciones derivadas del retraso en la entrega se regulan exclusivamente de conformidad con el artículo 7 de las presentes condiciones.
5.4 Lo anterior se entiende sin perjuicio de los derechos del cliente previstos en la sección 7 de las presentes CGC y de nuestros derechos legales, en particular en situaciones que eximan de la obligación de cumplimiento (por ejemplo, debido a la imposibilidad o a la irrazonabilidad del cumplimiento y/o del cumplimiento sustitutivo).
5.5 Si el cliente retrasa la aceptación o incumple una obligación o el deber de cooperación, o si la entrega se retrasa por otras razones imputables al cliente, tendremos derecho a reclamar una indemnización por los daños y perjuicios resultantes, incluido el reembolso de los gastos adicionales (por ejemplo, los gastos de almacenamiento). La indemnización a tanto alzado ascenderá al 0,5 % del valor neto del contrato por cada semana natural completa de retraso, sin superar en ningún caso el 5 % del valor neto del contrato. Nos reservamos el derecho a demostrar que los daños han sido mayores y a hacer valer las reclamaciones legales (en particular, reclamar el reembolso de los gastos adicionales, una indemnización razonable o la rescisión del contrato); en cualquier caso, la indemnización a tanto alzado se deducirá de otras reclamaciones pecuniarias. El cliente tiene derecho a demostrar que no hemos sufrido ningún perjuicio o que este ha sido significativamente inferior a la indemnización a tanto alzado antes mencionada.
5.6 La cláusula 10 se aplica además en caso de que se haya acordado el montaje.

6. Garantía

6.1 Se aplicarán las disposiciones legales a los derechos del cliente en caso de vicios materiales y vicios jurídicos, salvo que se estipule lo contrario a continuación.
6.2 Las reclamaciones del cliente por defectos están sujetas a la condición de que el cliente haya cumplido con sus obligaciones legales de inspeccionar la mercancía y notificar los defectos (artículos 377 y 381 del Código de Comercio alemán —HGB—) y haya notificado el defecto por escrito sin demora injustificada. En el caso de los materiales de construcción y otras mercancías destinadas a la instalación u otro tipo de transformación, deberá realizarse en todo caso una inspección inmediatamente antes de dicha transformación. Si el cliente no lleva a cabo debidamente la inspección y/o la notificación de defectos, queda excluida nuestra responsabilidad por los defectos que no se hayan notificado en absoluto, o que no se hayan notificado a tiempo, o que no se hayan notificado correctamente, de conformidad con las disposiciones legales.
6.3 El desgaste normal de las piezas y los componentes principales no se considera un defecto. En particular, las siguientes piezas muestran signos de desgaste debido al uso (piezas de desgaste): todas las piezas de plastificación (tornillos, puntas, cierres, anillos de presión, cilindros de plastificación, tapas de boquilla, boquillas, soporte de boquilla, cabezales de cilindro y bandas calefactoras), elementos filtrantes, juntas, juntas tóricas, rascadores, mangueras hidráulicas y de agua, membranas de válvulas, insertos de fusibles, sensores térmicos, transmisiones rotativas de placas giratorias, casquillos, pernos, acoplamientos, frenos, juegos de sujeción y correas dentadas.
Además, se aplicará el anexo: «Términos y condiciones para componentes de plastificación»; este anexo puede consultarse, imprimirse y descargarse de Internet en www.sumitomo-shi-demag.eu/de/agb.html.
6.4 No se admitirán reclamaciones por defectos en relación con cualquier daño que se produzca tras la transferencia del riesgo y que sea consecuencia de: un uso inadecuado o indebido; un montaje o puesta en marcha no autorizados o defectuosos; modificaciones posteriores; desgaste natural; manipulación, servicio o mantenimiento negligentes o defectuosos; incumplimiento de las instrucciones de uso; uso de materiales de funcionamiento inadecuados; obras de construcción defectuosas; emplazamiento inadecuado; influencias químicas, electroquímicas o eléctricas no imputables a nosotros; efectos extraordinarios de la temperatura y las condiciones meteorológicas; u otras influencias externas no contempladas en el contrato.
6.5 La cláusula 9.2 se aplica además en caso de defectos de software.
6.6 Repararemos o recogeremos los artículos defectuosos y los sustituiremos por otros libres de defectos, a nuestra discreción. Esto se entiende sin perjuicio de nuestro derecho a rechazar el cumplimiento suplementario de conformidad con las disposiciones legales.
6.7 El cumplimiento suplementario no incluye la retirada del artículo defectuoso ni su reinstalación, a menos que estuviéramos obligados inicialmente a instalarlo.
6.8 Correremos con los gastos o reembolsaremos los gastos necesarios para la inspección y el cumplimiento suplementario (en particular, los gastos de transporte, desplazamiento, mano de obra y material y, en su caso, los gastos de retirada e instalación) de conformidad con las disposiciones legales, si realmente existe un defecto. En caso contrario, podremos reclamar al cliente el reembolso de los gastos incurridos como consecuencia de las solicitudes injustificadas de subsanación del defecto (en particular, los gastos de inspección y transporte), salvo que la ausencia de defecto no fuera reconocible para el cliente.
6.9 Tras la transmisión del riesgo, la carga de la prueba respecto a la existencia de un defecto recae en el cliente.
6.10 Tenemos derecho a condicionar el cumplimiento suplementario que nos corresponde al pago por parte del cliente del precio pendiente. No obstante, el cliente tiene derecho a retener una parte del precio proporcional al defecto.
6.11 Los artículos y piezas sustituidos deben devolverse de acuerdo con las disposiciones legales. En lo que respecta al cumplimiento suplementario, el cliente deberá concedernos el tiempo y la oportunidad necesarios —previa consulta— y permitirnos el acceso sin obstáculos al artículo suministrado; de lo contrario, quedaremos exentos de responsabilidad por las consecuencias que se deriven.
6.12 El cliente solo podrá subsanar el defecto por su cuenta o encargar su subsanación a un tercero y reclamarnos el reembolso de los gastos necesarios exclusivamente en situaciones de emergencia, por ejemplo, en caso de que se vea comprometida la seguridad laboral o para evitar un daño inminente desproporcionadamente grave. Dicha subsanación por cuenta propia deberá notificársenos sin demora y, en la medida de lo posible, con antelación. El derecho a la subsanación por cuenta propia no surge en situaciones en las que tendríamos derecho a rechazar el cumplimiento suplementario correspondiente de conformidad con las disposiciones legales. En caso de que la subsanación por cuenta propia se haya realizado de forma inadecuada, quedaremos exentos de responsabilidad por las consecuencias que se deriven de ello.
6.13 Cuando el cumplimiento suplementario haya fracasado o haya expirado sin éxito un plazo razonable fijado por el cliente para dicho cumplimiento, o cuando este no sea necesario según las disposiciones legales, el cliente podrá rescindir el contrato o reclamar una reducción del precio. No obstante, no se generará ningún derecho de desistimiento en caso de defecto de menor importancia.
6.14 Las reclamaciones del cliente por daños y perjuicios o gastos inútiles en caso de defectos solo serán admisibles de conformidad con el artículo 7 y, en los demás casos, quedarán excluidas.

7. Responsabilidad

7.1 Podremos ser considerados responsables por daños y perjuicios —independientemente de los fundamentos jurídicos de la responsabilidad— en el marco de nuestra responsabilidad extracontractual en caso de dolo o negligencia grave. En caso de negligencia leve, solo seremos responsables —sujetos a un criterio de responsabilidad más moderado de conformidad con las disposiciones legales (por ejemplo, en lo que respecta a la diligencia debida en la gestión de los propios asuntos)— de lo siguiente:
7.1.1 daños derivados de lesiones a la vida, la integridad física o la salud, y
7.1.2 los daños derivados del incumplimiento de una obligación contractual esencial (obligación cuyo cumplimiento es un requisito previo para la correcta ejecución del contrato y en cuyo cumplimiento la parte contratante suele confiar —y tiene derecho a confiar—); en este caso, sin embargo, nuestra responsabilidad se limitará a la indemnización por los daños previsibles y típicos.
7.2 Las limitaciones de responsabilidad previstas en la cláusula 7.1 también se aplican en caso de incumplimiento de obligaciones por parte de las partes o en beneficio de estas, de cuya culpa seamos responsables de conformidad con las disposiciones legales. No se aplicarán cuando hayamos ocultado un defecto de forma fraudulenta o hayamos garantizado la calidad del equipo, ni en el caso de reclamaciones en virtud de la Ley de Responsabilidad por Productos Defectuosos.
7.3 El cliente solo podrá rescindir el contrato por incumplimiento de una obligación que no esté relacionado con un defecto en los casos en que dicho incumplimiento nos sea imputable. Queda excluido el derecho del cliente a la rescisión libre (en particular, con arreglo a los artículos 650 y 648 del Código Civil alemán, BGB). En todos los demás aspectos se aplicarán los requisitos legales y las consecuencias jurídicas correspondientes.

8. Plazo de prescripción de las reclamaciones

8.1 No obstante lo dispuesto en el artículo 438, apartado 1, n.º 3, y en el artículo 634a, apartado 1, n.º 1 y 3, del Código Civil alemán (BGB), el plazo de prescripción general para las reclamaciones derivadas de vicios materiales y vicios jurídicos será de un año a partir de la entrega o, si se ha acordado la aceptación, a partir de la misma.
8.2 Los plazos de prescripción anteriores se aplicarán también a las reclamaciones contractuales y extracontractuales por daños y perjuicios del cliente derivadas de defectos, salvo que la aplicación del plazo de prescripción legal habitual (artículos 195 y 199 del Código Civil alemán [BGB]) dé lugar a un plazo de prescripción más breve en el caso concreto. Las reclamaciones por daños y perjuicios del cliente en virtud de la cláusula 7.1, frases 1 y 2, apartado 7.1.1, así como en virtud de la Ley de responsabilidad por productos defectuosos, prescribirán exclusivamente de acuerdo con los plazos de prescripción legales.

9. Uso del software, defectos del software

9.1 En la medida en que el software se incluya en el alcance de la entrega, se concede al cliente un derecho no exclusivo de uso del software entregado, incluida su documentación. El software se proporciona para su uso en el bien entregado destinado a tal fin. Queda prohibido el uso de dicho software en más de un sistema. El cliente solo podrá reproducir, modificar, traducir o convertir el software del código objeto al código fuente en la medida en que lo permita la ley (artículos 69a y siguientes de la Ley de Propiedad Intelectual). El cliente se compromete a no eliminar ninguna de las indicaciones del fabricante (en particular, los avisos de derechos de autor) ni a modificarlas sin nuestro consentimiento previo y expreso. Todos los demás derechos sobre el software y la documentación, incluidas sus copias, seguirán siendo de nuestra propiedad o del proveedor del software. No se permite la concesión de sublicencias.
9.2 Las reclamaciones por defectos y los derechos a los que se refiere el apartado 6 no se aplican al software en caso de desviaciones meramente insignificantes respecto a la calidad acordada contractualmente o a la documentación adjunta, ni en caso de defectos no reproducibles.

10. Obligación de colaboración del cliente en caso de montaje acordado

Si se han acordado con nosotros servicios de montaje, se aplicarán además las siguientes condiciones:
10.1 El incumplimiento de las obligaciones de colaboración detalladas a continuación en las cláusulas 10.3, 10.4 y 10.5 del presente documento puede perjudicar, retrasar o impedir la prestación de los Servicios. Por lo tanto, el cliente asume la responsabilidad por culpa para garantizar el cumplimiento de estas obligaciones de cooperación.
10.2 Nos reservamos el derecho a hacer valer las reclamaciones legales y a ejercer nuestros derechos en virtud de la cláusula 5.5 por incumplimiento de la obligación de prestar servicios de apoyo a la cooperación conforme a la cláusula 10.1 (en particular, reclamaciones por daños y perjuicios, reembolso de gastos adicionales, indemnización razonable y rescisión).
10.3 Condiciones previas que debe garantizar el cliente:
10.3.1 Lugar de instalación
La máquina está diseñada para funcionar en un espacio cerrado, seco y bien ventilado.
Las condiciones ambientales que deben garantizarse durante el almacenamiento, si procede, y durante el funcionamiento —como, por ejemplo, el agua de refrigeración o la refrigeración de la máquina, la temperatura del aire ambiente, la humedad del aire y la altitud del emplazamiento— deben estar dentro de los siguientes rangos de valores según la norma EN 60204-1 o cumplir con los rangos de valores especificados en el manual de instrucciones de la máquina.
Rangos de valores:

Temperatura del aire ambiente

Mínima: +10 °C (50 °F).

Máxima: +40 °C (104 °F).

Se recomiendan medidas adicionales en entornos muy calientes o muy fríos.

EN 60204-1 (2007), anexo B.

Agua de refrigeración/Refrigeración de la máquina

Mínima: +15 °C (59 °F). [Protección contra la condensación]

Máximo: +35 °C (95 °F).

La presión máxima admisible del agua en la entrada de agua de refrigeración es de 6 bar.

Para garantizar la capacidad de refrigeración necesaria, se requiere una diferencia de presión de ≥ 3 bar entre la entrada y la salida de agua de refrigeración, en función del ciclo de trabajo.

Consulte siempre el manual de instrucciones de la máquina para conocer los valores admisibles específicos de la misma.

Humedad del aire
(¡sin condensación!)

Mínima: 20 %.

Máxima: 50 %.

Solo se admiten niveles elevados de humedad relativa a temperaturas más bajas (p. ej., 90 % a 20 °C)

Véase la norma EN 60204-1

Altitud del lugar de instalación

Pueden ser necesarios ajustes técnicos en caso de que los lugares de instalación se encuentren a altitudes superiores a 1000 m (3300 pies) sobre el nivel del mar.

Véase la norma EN 60204-1

10.3.2 Los requisitos de compatibilidad electromagnética deben cumplir con la Directiva CE sobre CEM (2014/30/UE).
10.3.3 Suelo de la nave
La irregularidad del suelo no debe superar los 8 mm en toda la zona de instalación de la máquina entre todos los pies de la misma.
10.3.4 Nave de producción
Antes de la entrega y descarga de las máquinas individuales o unidades de montaje, el cliente debe garantizar lo siguiente:
a) La nave de producción (es decir, el techo de la nave, las paredes laterales, las puertas, las ventanas, la iluminación de la nave y la calefacción) debe estar completamente terminada;
b) La anchura y la altura de la puerta de la nave de producción deben ser suficientes para el paso de camiones;
c) El cliente debe haber facilitado todas las instrucciones necesarias a nuestro personal;
d) Debe haber espacio suficiente para que las máquinas o unidades de montaje se descarguen directamente en el lugar de instalación de la máquina;
e) Debe garantizarse una accesibilidad suficiente desde todos los lados para permitir los trabajos de montaje de la máquina;
f) Deben estar disponibles grúas y equipos de elevación operativos con personal de manejo (una grúa puente, una grúa montada en camión, un mástil, etc.) y cables de elevación con suficiente capacidad de carga;
g) Debe disponerse de suministro eléctrico;
h) Debe disponerse de la potencia conectada según el esquema eléctrico;
i) Debe disponerse de conexión de agua de refrigeración y suministro de aire comprimido;
j) Deben disponerse de carretillas elevadoras (en caso necesario, nuestro personal también debe tener la posibilidad de utilizarlas);
k) Todas las conexiones principales deben estar preparadas para la máquina;
l) En caso de montaje en interior, la estructura deberá ser resistente a la intemperie y estar calefactada en invierno, de modo que el montaje pueda realizarse en condiciones normales de trabajo y no se vea afectado el estado del material.
10.3.5 Cimentación
a) El cliente deberá taladrar los anclajes al suelo y los cerramientos de protección en el suelo o cimentación de la nave.
b) El cliente deberá determinar la posición exacta de instalación antes de colocar la máquina sobre la cimentación y marcar dicha posición en el suelo.
c) Los cimientos deben cumplir con nuestras especificaciones según las cláusulas 10.3.3 y 10.5.2.
10.4 Obligación general de colaboración
10.4.1 El cliente debe hacer todo lo necesario para garantizar que los trabajos puedan iniciarse a tiempo y realizarse sin obstáculos ni interrupciones.
10.4.2 El cliente deberá garantizar el cumplimiento de las condiciones previas establecidas en la cláusula 10.3 y realizar todos los trabajos preparatorios, tanto in situ como de otro tipo, de manera profesional y con la debida antelación, por su cuenta y riesgo.
10.4.3 No se podrá convocar a nuestro personal hasta que se hayan completado todos los trabajos preparatorios y se hayan garantizado las condiciones establecidas en la cláusula 10.4.2.
10.4.4 El cliente deberá garantizar que se puedan obtener los documentos necesarios de entrada, salida, residencia, trabajo u otros permisos para nuestro personal.
10.4.5 El cliente deberá adoptar, a su cargo, las medidas de prevención de accidentes necesarias. En particular, el cliente deberá indicarnos expresamente aquellos puntos en los que se deba prestar especial atención al cliente y a otros contratistas, o en los que se deban respetar normativas no reglamentarias pertinentes.
10.4.6 Seguridad laboral
a) Al realizar los trabajos, cumpliremos con la normativa legal vigente en el lugar de montaje. En caso de que las disposiciones legales cambien entre la celebración del contrato y la ejecución de los trabajos y, como consecuencia de ello, tengamos que prestar servicios adicionales no cubiertos por los honorarios acordados, tendremos derecho a percibir honorarios adicionales por este concepto, salvo que hayamos asumido los riesgos relacionados con los honorarios en tales situaciones. Además, en tales situaciones tendremos derecho a reclamar ajustes en los plazos contractuales. Solo cumpliremos las normas de seguridad y otras disposiciones adicionales no legales vigentes en el lugar de montaje cuando el cliente nos las haya comunicado, en el sentido de la cláusula 10.4.5, y las hayamos reconocido explícitamente por escrito.
b) Por su parte, el cliente deberá cumplir con las normas y disposiciones legales, oficiales y de las asociaciones profesionales aplicables al lugar de montaje, adoptar las medidas necesarias para prevenir accidentes y proteger a nuestro personal y nuestros bienes y, en cualquier caso, cumplir con las medidas de seguridad y salud en el trabajo del contratista que se le hayan comunicado.
c) Tenemos derecho a denegar o suspender los trabajos en cualquier momento si no se ha garantizado la seguridad laboral.
10.4.7 El cliente deberá contratar una póliza de seguro para los materiales que vayan a montarse y que se encuentren almacenados en sus instalaciones, con cobertura contra incendios, daños por agua, robo y daños causados por terceros. A petición nuestra, el cliente deberá aportar pruebas suficientes de la existencia de dicho seguro.
10.4.8 El cliente deberá garantizar que las vías de transporte bajo su control que conduzcan al lugar de instalación se encuentren en condiciones aptas para su uso, que el propio lugar de instalación esté listo para los trabajos, que el acceso al mismo no esté obstruido y que se hayan obtenido todas las servidumbres y derechos de paso necesarios.
10.5 Obligaciones especiales de cooperación del cliente
Los siguientes servicios no forman parte de nuestro alcance de suministro y servicios, pero el cliente debe garantizar, por su cuenta y riesgo, que se presten a su debido tiempo:
10.5.1 Energía y equipamiento
• Todas las líneas de suministro de energía y los dispositivos de seguridad (accesorios, filtros, válvulas, etc.) deben estar instalados en las líneas de suministro y retorno de energía eléctrica, aire comprimido, vapor, agua y fluido caloportador, desde la unidad de suministro central del cliente hasta las conexiones principales de la máquina;
• Todas las estaciones y subestaciones eléctricas deben estar instaladas para el suministro de alta y baja tensión;
• Deben estar instaladas todas las unidades y equipos para el suministro eléctrico de emergencia.
10.5.2 Instalación y cimientos
• Montaje de la maquinaria y de las cubiertas de protección;
• Todos los soportes y bastidores de base para alojar contenedores; tuberías y plataformas de trabajo; andamios de acero, rellanos, escaleras, escaleras de mano, barandillas; cubiertas para las partes fijas y móviles de la máquina; aberturas en paredes y techos para las plataformas;
• Todos los conductos de cables y líneas, tanto aéreos como subterráneos, así como los carriles y sus fijaciones;
• Todas las instalaciones de aire acondicionado, ventilación, rejillas de ventilación, calefacción de las estancias e iluminación.
10.5.3 Normativa de seguridad local
• Todo el equipo de protección y seguridad de conformidad con la normativa local en materia de puesta a tierra, protección contra rayos, cubiertas protectoras y extinción de incendios.

11. Disposiciones finales

11.1 Salvo que se acuerde lo contrario, el lugar de cumplimiento de nuestras entregas es la dirección del fabricante que realiza la entrega. Cuando también prestemos servicios (por ejemplo, montaje), el lugar de cumplimiento será el lugar donde deban prestarse dichos servicios. En cuanto a la obligación de pago del cliente, el lugar de cumplimiento será la entidad de pago especificada en nuestra factura.
11.2 Núremberg (Alemania) es la jurisdicción exclusiva para cualquier controversia jurídica que surja de o en relación con el contrato relativo a las CGC. No obstante, también tenemos derecho, en todos los casos, a interponer una demanda en el lugar de entrega de los servicios prestados por nosotros de conformidad con las presentes CGC o con un acuerdo individual previo, o bien en la jurisdicción general del cliente. Las disposiciones legales de carácter imperativo, en particular las relativas a la jurisdicción exclusiva, no se ven afectadas.
11.3 Las presentes CGC y la relación contractual entre nosotros y el cliente se rigen por la legislación de la República Federal de Alemania, con exclusión del derecho internacional uniforme (en particular, la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías/CISG).
11.4 Si alguna disposición de las presentes CGC o cualquier disposición en el ámbito de otros acuerdos resultara o pasara a ser inválida, ello no afectará a la validez del resto de disposiciones o acuerdos.